El Banco de la República tiene, de manera exclusiva, la función constitucional de emitir la moneda legal colombiana, con el fin de satisfacer la demanda de billetes y monedas en todo el país.
En medio de este contexto, el presidente Gustavo Petro, insistió en su idea de que el banco central emita dinero para reparar a las víctimas del conflicto.
Este año se han impreso 1.192 millones de billetes de las diferentes denominaciones. El año pasado se imprimieron en total 1.990 millones de unidades, 25,7% más que en 2022, cuando se produjeron 1.582 millones de billetes.
Esto quiere decir que el Emisor fabrica diariamente alrededor de 5,45 millones de billetes, en promedio.
Los billetes que más se imprimen son los de $50.000, $2.000 y $100.000. Sin embargo, desde 2022 no se han producido las denominaciones de $50.000 porque no se ha evidenciado un deterioro en los que están en circulación. Ese año se imprimieron 263,7 millones de billetes de $50.000.
Este año, el billete que más se ha producido es el de $2.000, con un total de 177,81 millones de unidades y una participación de 14,91% en el total de las emisiones de moneda. Le siguen los billetes de $100.000, con 117,88 millones; los de $20.000 (103,15 millones); y terminan los billetes de $10.000 (89,27 millones) y los de $5.000 (74,77 millones).
Para circulación de efectivo, al mes salen de la central de efectivo unos $4,5 billones en promedio, para entregarles a los bancos privados y para las tesorerías del bancos a nivel nacional.
El Emisor dice que hay 65,3 billetes per cápita, lo que quiere decir que cada persona tendría más de 60 billetes. El de mayor circulación es el de $50.000, con 24,4 billetes de esta denominación per cápita. Le sigue el de $2.000 (12,5 billetes per cápita), el de $100.000 (9,9) y el de ($20.000).
¿Petro puede ordenar emisión?
El presidente Petro explicó que “es necesario emitir dinero por parte del Banco de la República. El cupo de emisión anual que realiza el Banco de la República debería, en efectivo o bonos, dirigirse en primera instancia al largo listado de las víctimas de la violencia en Colombia”.
Sin embargo, Cristina Román, directora del área de práctica de Derecho Cambiario e Inversiones Internacionales de Brigard Urrutia, dijo que “la Constitución Política de Colombia, establece en su artículo 371, que el Banco de la República es un ente autónomo del Gobierno Nacional, autorizado para decidir sobre la política monetaria y asegurar la estabilidad y confianza en el sistema monetario”.